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Comparativo estructuras de campos DT1: Resolución 2275 de 2023 vs. Resolución 948 de 2026
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Comparativo estructuras de campos DT1: Resolución 2275 de 2023 vs. Resolución 948 de 2026

Equipo Normativo afacturar.com15 de junio de 20268 min

La Resolución 948 de 2026 actualiza el Documento Técnico 1 para el intercambio de información de RIPS Soporte FEV en Salud, derogando parcialmente lo establecido en la Resolución 2275 de 2023. En este análisis detallamos los cambios campo a campo para que su área de facturación y sistemas adapte sus validaciones sin errores.

Contexto normativo

El Documento Técnico 1 define las estructuras de datos que deben intercambiar las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS) y las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios (EAPB). La transición entre la Resolución 2275 de 2023 y la Resolución 948 de 2026 requiere una revisión minuciosa de los catálogos y longitudes de cada campo para garantizar la aceptación de los soportes.

Sección "usuarios" — Comparativo campo a campo

A continuación presentamos el comparativo de estructuras de campos para la sección usuarios. La gran mayoría de campos se mantienen idénticos; sin embargo, existe un cambio crítico en el campo incapacidad que debe ser priorizado en la migración de sus sistemas.

Esquema de transmisión de información en salud desde una IPS hacia entes de control y entidades pagadoras, mostrando el flujo de datos RIPS y la validación de estructuras de campos según normativa vigente.
Figura 1. Flujo de transmisión de información en salud y comparativo de estructuras de campos — Documento Técnico 1 (RIPS Soporte FEV en Salud). Validación de datos reportados por IPS a entes de control: Resolución 2275 de 2023 vs. Resolución 948 de 2026.
Campo R. 2275/2023 R. 948/2026 Cambio
tipoDocumentoIdentificacion CC (2)
Valores: CC, CE, TI, PA, PE, RC, DE, NIT
CC (2)
Valores: CC, CE, TI, PA, PE, RC, DE, NIT
Sin cambio
numDocumentoIdentificacion Numérico (10)
Rango: 1 – 9999999999
Numérico (10)
Rango: 1 – 9999999999
Sin cambio
tipoUsuario Numérico (2)
Valores: 01, 02
Numérico (2)
Valores: 01, 02
Sin cambio
fechaNacimiento YYYY-MM-DD
Fecha válida
YYYY-MM-DD
Fecha válida
Sin cambio
codSexo Alfanumérico (1)
Valores: M, F, I
Alfanumérico (1)
Valores: M, F, I
Sin cambio
codPaisResidencia Numérico (3)
Valor: 170
Numérico (3)
Valor: 170
Sin cambio
codMunicipioResidencia Numérico (5)
Catálogo DANE
Numérico (5)
Catálogo DANE
Sin cambio
codZonaTerritorialResidencia Numérico (2)
Valores: 01, 02, …
Numérico (2)
Valores: 01, 02, …
Sin cambio
incapacidad Alfanumérico (2)
Valores: SI, NO
Alfanumérico (2)
Valores: 01 = NO, 02 = SI
Cambio de dominio (SI/NO → 01/02)
consecutivo Numérico (3)
Valores: 1, 2, 3, … / 2
Numérico (3)
Valores: 1, 2, 3, … / 2
Sin cambio
codPaisOrigen Numérico (3)
Valor: 170
Numérico (3)
Valor: 170
Sin cambio

Cambio crítico: campo incapacidad

El único ajuste en la sección usuarios corresponde al campo incapacidad:

  • Resolución 2275/2023: valores libres SI o NO.
  • Resolución 948/2026: valores codificados 01 = NO y 02 = SI.

Este cambio exige que las IPS y software de facturación actualicen sus listas de dominio, validaciones en front y reportes exportados a RIPS. De lo contrario, los soportes serán rechazados por incongruencia de catálogo.

Recomendaciones para la migración

  1. Actualice las tablas de dominio en su software de facturación: reemplace SI/NO por 01/02 en el campo incapacidad.
  2. Revise las validaciones automáticas de RIPS para que acepten únicamente los nuevos valores codificados.
  3. Realice pruebas en ambiente de homologación antes de la primera radicación productiva.
  4. Documente el cambio en los manuales de captación y capacite al personal de admisiones.

En afacturar.com ya integramos estos ajustes en nuestro motor de validación para que sus soportes cumplan automáticamente con la Resolución 948 de 2026.